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Seguridad Social Intermedio

Baja médica: cuánto cobras, quién te paga y qué puedes y no puedes hacer

Porcentajes por contingencia común y profesional, días de carencia, pago delegado y control del INSS y la mutua.

8 min · Última revisión: agosto de 2026

En contingencia común se cobra el 60% de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75% desde el día 21. En contingencia profesional, el 75% desde el día siguiente a la baja.

  • Días 1 a 3: sin prestación, salvo mejora por convenio.
  • Pago delegado: la empresa abona y se lo descuenta de las cotizaciones.
  • Duración máxima: 365 días prorrogables 180 más.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden despedir estando de baja?

Sí, pero el despido puede ser declarado nulo si se acredita que la causa real es la situación de enfermedad y concurre discriminación.

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